4 noviembre, 2021 Aliats Legal

CONSECUENCIAS DE LA SENTENCIA DEL TC SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA

En el día de ayer, el Tribunal Constitucional publicó la sentencia en la que se declara inconstitucional el método de cálculo del impuesto, comúnmente conocido como Plusvalía: «La realidad económica ha destruido la presunción de revalorización anual de los terrenos urbanos».

Como son muchas las dudas que surgen a los contribuyentes, venimos a enumerar, y resolver, las más cuestionadas:

  • ¿Quiénes tendrán derecho a reclamar?

 Sólo podrán reclamar quienes estén pendientes de resolución judicial o de resolución administrativa a fecha 26 de octubre de 2021.

No podrán reclamar, aquellos que hayan liquidado el impuesto de forma provisional o definitiva sin haber impugnado el pago a fecha de dictarse la sentencia, el 26 de octubre de 2021.

  • ¿Quiere esto decir que ya no hay que liquidar este impuesto?

NO, esto no afecta a la obligación de declaración de este impuesto, por lo que el contribuyente deberá presentar declaración-liquidación sin ingreso acompañando los documentos de transmisión del inmueble.

 

Si estas en situación de poder reclamar, no dudes en contactarnos, te informaremos de todo, y nos pondremos a trabajar desde el primer momento.

UN CLIENTE, UNA SOLUCIÓN.

 

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